sábado, 23 de agosto de 2008
El teletrabajo y su encuadramiento jurídico dentro del Derecho Laboral.
Tratamiento jurisprudencial del salario, y de la participación en los beneficios.
El salario en nuestros días se ha entendido como una remuneración , entendida esta expresión como la obligación de retribuir el esfuerzo del trabajador en el sentido, de que no puede ser gratuito el trabajo objeto del contrato del mismo nombre, como el hecho de que tal obligación debe ser cierta, segura, no sujeta a condición que pueda afectar su cumplimiento .
Así como es necesaria la retribución normal al trabajador por sus servicios, también se ha hecho necesario a lo largo del transcurso del tiempo involucrar a los trabajadores con la empresa a través de la participación de ellos en las ganancias que ésta produce, ya que conforman el principal motor de la producción de riquezas de la misma.
Algunos tribunales de la República incurren en una falsa interpretación del texto normativo laboral puesto que se ha observado una aplicación errónea de lo que es el salario y sus distintas acepciones, como lo es el salario normal, muy discutido por la doctrina y la jurisprudencia.
Al igual se ha discutido sobre diversos beneficios los cuales han entrando en la disyuntiva de que si éstos son o no salario, a modo de mencionar la vivienda y el cesta ticket: La dotación de vivienda no es salario cuando en la relación laboral el patrono asigna una vivienda en el cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 241 de la Ley Orgánica del Trabajo; pues en muchos casos ocurre que de no dotar de vivienda a determinados trabajadores en determinado sitio equivaldría a no alcanzar el cumplimiento del objeto social de la empresa . Pero el Art. 133 de la Ley Orgánica del Trabajo establece que la vivienda es parte del salario
Es por ello, que debemos en primer lugar acatar lo establecido en el contrato de trabajo celebrado por las partes que en el intervienen (trabajador-patrono) para poder establecer si dicho beneficio puede tomarse o no como parte del salario que el trabajador devenga durante la relación de trabajo.
También es importante señalar que debemos acatar los criterios jurisprudenciales que ha establecido nuestro máximo Tribunal (Tribunal Supremo de Justicia) ya que éste ha sido unánime en establecer que para considerar a la vivienda, el vehículo, la comida, entre otros, como conceptos salariales se debe atender a la finalidad o con ocasión a qué el empleador otorgó dichos subsidios o facilidades al trabajador, puesto que si éstos cumplen no con todos los requisitos establecidos en el articulo 133 de la LOT, no revestirán de carácter salarial.
Los procedimientos administrativos laborales en materia de seguridad social.
Es por ello que al considerarse al sistema de seguridad social como un servicio público prestado indeclinablemente por el Estado, las actuaciones de este sistema se desarrollaran a través del acto y de la actividad administrativa y por tanto, se encontrará enmarcada dentro del principio de legalidad y el algunos casos se hará imprescindible la consagración de algunos procedimientos administrativos para logra un adecuado y efectivo cumplimiento de las distintas contingencias que debe asegurar el sistema de seguridad social.
El proceso de reforma de la seguridad social en Venezuela: Una visión desde el movimiento sindical venezolano (CTV).
Para el segundo período presidencial de Rafael Caldera se asume el compromiso de reestructurar integralmente el sistema de seguridad social, compromiso éste con el país en víspera de brindarles a los trabajadores venezolanos una mejor seguridad social, en virtud de que la misma en los últimos años estaba en casi ruina gracias a la capitalización neoliberal adoptada por el país lo cual causó tanto perjuicio a los trabajadores, a sus familiares y a la sociedad en general, pero a pesar de todos esos esfuerzos no se observaron cambios importantes.
Para 1999 con la entrada de la presidencia del Comandante Hugo Chávez Frías se desconocen todos los acuerdos tripartitos producidos por los actores laborales en el régimen anterior, lo que dio lugar a que el nuevo Ejecutivo Nacional promulgase una nueva ley marco de seguridad social, la cual fue aprobada sin el consenso y consulta de los actores sociales. Este nuevo proyecto optó por un sistema público de carácter no lucrativo, universal y solidario administrado por el Estado y que se opone a cualquier intervención de la iniciativa privada en el mismo, por lo que es de observar que el nuevo gobierno se aleja del criterio privatizador de la seguridad social el cual era sostenido por los gobiernos anteriores y por el contrario opta por la reivindicación de su carácter estatista, esto un poco mas tarde trae como consecuencia el pronunciamiento de la CTV (Confederación de los Trabajadores Venezolanos) cuestionando el nuevo proyecto de seguridad social elaborado por el actual gobierno, ellos establecen que la nueva ley presenta muchas dificultades para su implementación debido al gran volumen de instituciones burocráticas que deben funcionar en conjunto con el sistema con que cuenta el Estado, al igual plantearon otras serie de criticas y a su vez un conjunto de propuestas dentro de las cuales se cree que deben ser objeto de debate y tomadas en cuenta por el Ejecutivo Nacional, dentro de ellas que se implemente de un sistema mixto de la seguridad social, y se proponen que la misma se caracterice por una fuerte presencia pública pero abierta a la participación de los particulares dando cabida de esta manera a la solidaridad intergerencial y a la solidaridad social, a la universalidad en la cobertura de las prestaciones, a la participación de los actores públicos y privados en su organización, financiamiento, administración y supervisión etc., por lo que se cree que de esta manera si pueda haber un verdadero sistema de seguridad social dentro de un modelo de gestión eficazmente democrático.
República Bolivariana de Venezuela, Ministerio de Trabajo, Consultoría Jurídica Nº 69.
El legislador patrio al momento de sancionar el artículo 134 de la LOT vigente, fue sabio al distinguir claramente entre la propina y el porcentaje del servicio que en la tradición ha sido fijado en un 10% sobre el monto de la factura en proporción a los bienes o servicios consumidos.
La jurisprudencia y la doctrina han sido unánimes al establecer sus criterios sobre el porcentaje por el servicio, al cual se le reconoce el carácter salarial, no así ha sucedido con la propina lo cual ha sido objeto de múltiples solicitudes de interpretación sobre si reviste o no de carácter salarial.
Es por ello que las consultarías jurídicas, los distintos tribunales de la Republica, inclusive a nuestro Tribunal Supremo de Justicia le han tocado dictar fallos al respecto.
Concluyéndose que la intención el legislador en la Ley Orgánica del Trabajo en su Art. 134, fue la de establecer que tanto el porcentaje recibido por el servicio o consumo como la propina de acuerdo a la costumbre o al uso local se consideraran ambas modalidades formando parte del salario, recalcando al mismo tiempo que el salario mensual incluyendo el porcentaje de servicios y las propinas de los mesoneros, nunca podrá ser inferior a lo establecido por la ley como mínimos. Es por lo expuesto que se infiere que el salario de un mesonero está integrado como sigue: 1. salario convenido entre el patrono y el trabajador. 2. el valor que represente para el trabajador el derecho de percibir propinas y 3. El porcentaje que cobre sobre el consumo. Es menester aclarar que el porcentaje que le corresponde al trabajador por estos dos últimos conceptos dependerá de acuerdo a lo pactado, la costumbre o el uso.
La precariedad laboral y su incidencia en las políticas sociales de la V República: Una mirada especial a las misiones.
Estudios recientes demuestran que en América Latina la precarización recae sobre jóvenes y trabajadores no calificados. En vista de esto, en los años 90 se implementaron una serie de políticas gubernamentales dirigidas al desarrollo económico y social, entre otros objetivos de la agenda del gobierno se encontraba la incorporación de programas de ajuste Fiscal y Tributario, al igual se implementaron políticas en materia cambiaria, sin embargo todos estos esfuerzos gubernamentales sólo permitieron sostener las condiciones de estabilidad, pero el incremento de la población en estado de pobreza demostraba el deterioro social progresivo. Pero a principio de 1999 en búsqueda de soluciones para resolver los problemas sociales que aquejaban a la clase más desprotegida, se implementaron una serie de políticas sociales dentro de ellas una serie de programas (misiones) sociales, todas ellas concatenadas en un mismo núcleo. Con todas estas misiones el gobierno busca proporcionar a los ciudadanos los conocimientos y herramientas básicas, para que los sectores populares mas deprimidos de la sociedad puedan incorporarse al mercado laboral de nuestro país. Además todas estas misiones implementadas por el actual gobierno cumplen con una función social de inclusión.
Los paradigmas de la producción y su impacto en el mercado laboral
Otro de los modelos de producción que se práctica en nuestro país es el de la producción en serie, el cual trajo consigo también consecuencias negativas para los trabajadores, como lo fueron los trabajos pocos calificados, la realización de tareas fragmentadas, entre otras. En vista de todo esto, se empieza a hablar sobre la implementación de un modelo de producción flexible, en búsqueda de aligerar el proceso productivo; este modelo lo puso en práctica el país pero en un grado mucho menor que el resto de los otros países.
A este nuevo modelo de producción le encontramos al igual que a los otros dos puntos de vista diferentes, en primer lugar hay quienes ven en él una amenaza pero hay otros que lo consideran como una oportunidad. Es por ello que tratar de ver a la tecnología como algo perverso no conduce a nada, puesto que evidentemente la misma seguirá ocupando un lugar preferencial para el desarrollo de las actuales sociedades.
Determinantes estructurales de la sobreexplotación del trabajo femenino en Venezuela.
La sobreexplotación de la clase trabajadora femenina se debió a las limitaciones estructurales de para ese entonces Estado capitalista, el cual se caracterizaba por un modelo económico de desigualdad y discriminación de clases y de género.
Pero a finales de los 90 con la llegada de lo que hoy se conoce como socialismo del siglo XXI se han establecido desde el punto de vista legislativo una serie de dispositivos jurídicos que protegen a la mujer, para garantizarle de esta manera la igualdad de oportunidad en todos los ámbitos, prohibiéndose así todo tipo de discriminación contra ellas.
El movimiento sindical ante las nuevas formas de organización del trabajo
Hoy por hoy las gerencias empresariales no cesan de incentivar la individualización por encima de las relaciones colectivas, al igual siguen reduciendo las nóminas de las empresas, todo esto con excusas de crisis económicas, políticas y sociales, pero en sí esto se debe para desnaturalizar las reformas laborales flexibilizadoras. Todo esto ha traído como consecuencias negativas el debilitamiento de las organizaciones sindicales, puesto que el solo hecho de la reducción de la fuerza de trabajo de por si reduce la clientela sindical de dichas organizaciones. Es por ello, que los movimientos sindicales del país han venido abocándose para la solución de estos problemas para así contrarrestar tales tendencias, pero las mismas trascienden a dichos movimientos y por ello han venido perdiendo terreno. Es por todo lo planteado que debe buscarse soluciones concretas para que los movimientos sigan conservando un lugar significativo en la sociedad.
El Movimiento sindical venezolano en la época de la mundialización: la transición del ¨punto fijismo al bolivarianismo¨
Con la desintegración acelerada del sistema político y la intervención sindical, institución ésta mas desprestigiada del sistema, da lugar a que se despierte un descontento social trayendo consigo oleadas de violencia en el país en búsqueda de derrocar el rimen que imperaba, el cual tanto mal le hizo a la clase social mas vulnerable. Esto trajo como consecuencia en las elecciones de 1998 el triunfo del Comándate Hugo Rafael Chávez Frías, hombre que junto a otros militares lleva a la practica una insurrección militar debido al gran descontento social que imperaba en el en aquellos dais. El Comandante Hugo Rafael Chávez Frías tras ser electo presidente de la Republica realiza un referéndum consultivo para modificar la constitución nacional, al cual se le dio un apoyo contundente a dicha propuesta; modificada la constitución nacional el presidente se apunta con acabar con lo que el llama ¨ las cúpulas podridas ¨ del sindicalismo. La nueva constitución adopto un esquema muy importante en materia sindical, ampliando las bases de un régimen de libertad sindical, como factor fundamental para una sociedad y una economía democrática. Debemos entender que los sindicatos no son la clase trabajadora, sino un movimiento social que intenta organizarla, representar sus intereses económicos, sociales y algunas veces políticos, es por ello que dichas organizaciones deben gozar de autonomía en cuanto a su organización, dirección y toma de decisiones, porque cuando las mismas son controladas por los partidos políticos que controlan al Estado aparece el fenómeno corporativo, y ellas a pesar del discurso de representar a los trabajadores, en realidad representan al Estado frente a los trabajadores.
lunes, 18 de agosto de 2008
Evolución conceptual del Derecho de Huelga
El derecho de huelga nace con un carácter limitado para su ejercicio, debido que nace como un delito, esto sobre todo en el ámbito del Derecho privado, al igual se le identificaba a este derecho con la clase trabajadora, los cuales buscaban a través de su ejercicio mejoras en las condiciones de sus trabajos, para así elevar su calidad de vida. Pero hoy en día este derecho ha dejado de ser una herramienta utilizada exclusivamente para las luchas laborales, sino que ahora trasciende a otros sectores de la sociedad. Al finalizar
La nueva visión de los comités de seguridad y salud laboral
En atención a los últimos cambios sociales ventajosos que han experimentado nuestro, país en pro del colectivo se encuentra uno de lo más importante relacionado con la salud y la seguridad en el trabajo, lo cual también ha sido lucha social del mismo derecho del trabajo. Para ello se ha creado un cuerpo normativo jurídico ( Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo). Con este dispositivo jurídico se busca lograr condiciones de trabajo óptimas para preservar así la salud del trabajador, por lo que los mismos se encuentran complacidos con los preceptos legales que dicho dispositivo consagra. Por otro lado los empleadores consideran esta Ley como inquisitiva, ya que piensan que la misma va en contra de sus intereses, pero esto no es así, debido que dicha Ley también los beneficia, puesto que con su aplicación se puede lograr una mejor productividad. Este pensamiento de los empleadores se debe porque en nuestro país existe poca cultura en cuanto a seguridad y salud laboral respecta. Para dar cumplimiento a esta Ley en virtud de lo antes expuesto se hace necesaria la creación de los Comités de Seguridad y salud laboral, con el fin de generar conciencia entre las partes involucradas (Empresario- Trabajador).Las condiciones de trabajo mínimas no han de verse como algo accesorio de un contrato, sino como requisitos legales aplicables en todos aquellas situaciones en que surja el hecho social del trabajo, puesto que de no cumplirse con esto se producirían consecuencias graves para la empresa, entre ellas seria el penoso riesgo de quedar fuera de la actividad económica en vista de las sanciones y multas severas que la prenombrada Ley contempla.
Avances y problemas en el uso de control numèrico en el pais.
Muchas empresas Venezolanas han decidido incorporar en su sector productivo mecanismos en pro de la flexibilidad de sus procesos, dentro de ellos se encuentra el del control numérico, trayendo esto como consecuencia grandes avances para dicho sector productivo, por ejemplo en el campo tecnológico a permitido la precisión del mecanizado, arrastrando esto consigo acortar los tiempos del mismo, gracias a la concentración de operaciones, implicando esto a su vez considerables ahorros tanto en lo material como en lo herramental, incrementándose de esta manera la productividad laboral. Pero la incorporación del control numérico en las empresas de nuestro país no ha sido del todo ventajoso, debido que ha traído con sigo ciertos complejidades o problemas, dentro de las cuales destacan, la falta de mano de obra calificada en el país para operar dichas maquinas e incluso para lo momentos de fallas, acarreando como consecuencias perdidas para la empresa, debido que las maquinas permanecen largos tiempos sin operar, derivándose pues de esto que se mantenga parte del capital de las mismas inmovilizado.